Ayuda al Fomento del Empleo Autónomo 2024

 

FINALIDAD

Favorecer la creación de empleo por cuenta propia promocionando la incorporación de personas inscritas y en situación de alta como demandantes de empleo no ocupados al Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

REQUISITOS

  • Estar inscritos y en situación de alta como demandantes de empleo no ocupados en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias a la fecha de alta que conste en la vida laboral en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
  • Tener el domicilio fiscal en el Principado de Asturias.
  • No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas por el artículo 13.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.

CUANTÍA

La cuantía de la subvención será de un máximo de mil novecientos veinte euros (1.920,00 €) para cada beneficiario. Si el crédito disponible no permitiera la concesión de subvenciones por el importe máximo previsto a todos los solicitantes que reúnan los requisitos exigidos, el órgano competente procederá al prorrateo del importe global máximo destinado a las subvenciones entre los beneficiarios.

BENEFICIARIOS

Autónomos que hayan causado alta en el correspondiente Régimen Especial de la Seguridad Social en el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2023 para desarrollar una actividad en el Principado de Asturias por un período mínimo de 2 años.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 30 de abril de 2024 hasta las 23:59 del 29 de mayo de 2024.

Las solicitudes de subvención se ajustarán al modelo disponible en la sede electrónica https://sede.asturias.es (introduciendo el código AYUD0476T01 en el buscador de la cabecera, situado en la parte superior derecha).

 

Documentación: 

Para más información contactar con la Agencia de Desarrollo Local Montaña Central. Tf.: 985480995. Correo: adlmcentral@aller.es


Ayudas a proyectos empresariales y pequeños proyectos de inversión 2024

 

El 27 de diciembre de 2023 se publicó en el BOE el Extracto de la Resolución de 21 de diciembre de 2023  por las que se convocan ayudas para proyectos empresariales generadores de empleo que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras del carbón (ejercicio 2024) y el Extracto de la Resolución de 21 de diciembre de 2023  ​por la que se convocan ayudas para pequeños proyectos de inversión (ejercicio 2024).

El principal objetivo de las ayudas es financiar nuevas instalaciones empresariales y ampliar las existentes, con el fin de generar actividades económicas alternativas que lleven aparejado el compromiso de generar nuevos puestos de trabajo y mantener los existentes para incentivar el desarrollo del territorio.

  • El texto completo de la convocatoria de proyectos de inversión puede descargarse aquí​.
  • El texto completo de la convocatoria de pequeños proyectos de inversión puede descargarse aquí.​
  • El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 27 de febrero de 2024.
  • La solicitud, anexos y cualquier otra documentación deberá presentarse en la sede electrónica del Instituto, a través de la página Procedimientos en Línea. Los documentos requeridos en las solicitudes están disponibles en Descarga de Impresos.​

Para más información puede consultar la página del Instituto para la transición justa.


Abierta la convocatoria 2024 de las Ayudas LEADER

FINALIDAD

Contribuir al desarrollo territorial equilibrado de las zonas rurales, fomentando la inclusión social, la reducción de la pobreza y el desarrollo económico en las zonas rurales. Se trata de ayudas gestionadas por los Grupos de Acción Local (GAL).

MODALIDAD

Subvención a fondo perdido.

ACCIONES SUBVENCIONABLES

Proyectos cuyo objetivo es la producción de bienes o servicios privados destinados a la venta o los que pueden ser comercializados o que aumenten el valor de propiedades de titularidad privada y que se puedan incluir en alguna de las siguientes categorías:

  • M04.1. Ayudas a las inversiones en explotaciones agrícolas.
  • M04.2. Ayudas a industrias agrarias.
  • M06.2. Ayudas a la puesta en marcha de actividades NO agrícolas en las zonas rurales (Ticket Rural).
  • M06.4. Ayudas a las inversiones a la creación y desarrollo de actividades NO agrícolas.
  • M08.2. Ayudas para establecimiento de sistemas agroforestales.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

Con carácter general, para las Submedidas M06.4 (Inversiones a la creación y desarrollo de actividades no agrícolas) y M04.2 (industrias agrarias), son gastos subvencionables:

  • La construcción y acondicionamiento de inmuebles.
  • La compra de maquinaria nueva o equipamiento, incluyendo programas informáticos y diseño y/o programación Web.
  • Los costes generales relacionados con los puntos anteriores, como honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores, estudios de viabilidad, estudios de eficiencia energética, derechos de patentes, licencias, diseños de envases y marcas, con límite del 10% de la inversión subvencionable total.
  • La adaptación de vehículos para el transporte de mercancías ligadas a la actividad productiva de la empresa.
  • La adaptación y compra de vehículos para el transporte de personas con discapacidad.

REQUISITOS

  • El coste subvencionable aprobado y certificado, con excepción de la medida M06.2 (Puesta en marcha de actividades no agrícolas en las zonas rurales -ticket rural-), ha de ser superior a 6.000 euros.
  • La operación objeto de ayuda no podrá iniciarse antes de la emisión del certificado de no inicio.
  • Los gastos sólo podrán subvencionarse si las actuaciones o inversiones a las que corresponde, no han sido emprendidas con anterioridad a la fecha en que se solicite la subvención (con la excepción de ciertos costes generales).
  • Las inversiones deberán realizarse en el ámbito territorial del grupo de acción local correspondiente.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 15 de febrero de 2024.

Para más información consultar aquí.

 

 



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La Agencia de Desarrollo Local de la Montaña Central, integrada en la Red Asturiana de Desarrollo Local, es un instrumento de Promoción pública para el desarrollo económico y la creación de empleo en los municipios de la Montaña Central de Asturias (Aller, Lena, Mieres, Morcín, Ribera de Arriba y Riosa).


Ubicación y contacto

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985 450 666, 984 180 237
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Horario: Martes, miércoles y jueves de 9:00 a 14:00h.