El Ayuntamiento de Mieres, a través de la concejalía de Medio Ambiente que dirige Sergio Gutiérrez, informa de que ya ha entrado en vigor la nueva ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales de compañía. Una ordenanza que actualiza la que estaba en vigor hasta ahora, aprobada en 1994, incluyendo nuevos preceptos para garantizar la convivencia y la protección y defensa de los derechos de los animales, con una actualización también de las infracciones por el incumplimiento de esta normativa, con sanciones que van desde los 300 hasta los 3.000 euros. Esta nueva ordenanza, que ha seguido toda la tramitación correspondiente con el objetivo de que toda la ciudadanía pudiera plantear sus propuestas a la misma, establece unas obligaciones para las personas con animales. Obligaciones centradas en las condiciones higiénico-sanitarias, la alimentación y el cuidado de los mismos teniendo que quedar garantizado en todo momento su bienestar y evitando todo tipo de molestias al resto de la ciudadanía.
En cuanto a las infracciones, se clasifican en leves, graves y muy graves. Son infracciones leves, entre otras, cuestiones como no mantener los alojamientos de los animales limpios y en buenas condiciones, el acceso de animales a parques con zonas de juego infantiles, circular por lugares públicos con animales sueltos (fuera de las zonas acotadas por el Ayuntamiento para este fin) o no recoger los excrementos ni diluir según proceda los orines del animal. Las sanciones por estas infracciones leves irán desde los 300 hasta los 750 euros. Algunas de las infracciones graves incluidas en la ordenanza están, por ejemplo, el abandono del animal (se considera abandono la pérdida o extravío de animales que no se hubiera denunciado en el plazo de 48 horas), dejar solos a los mismos durante más de tres días o no prestar a los animales la asistencia veterinaria adecuada ante dolencias y sufrimientos graves y manifiestos. En estos casos, las sanciones serán sancionadas con multas desde 751 hasta 1.500 euros. Finalmente, entre las infracciones muy graves destacan, por ejemplo, causar la muerte a los animales mediante actos de agresión o suministro de sustancias tóxicas, el maltrato o agresión al animal, el adiestramiento para potenciar su agresividad o para fines prohibidos o la organización de concursos, exhibiciones, peleas o espectáculos que supongan malos tratos. En estos casos las sanciones irán desde los 1.501 euros hasta los 3.000.
La nueva ordenanza incluye cuestiones concretas como el hecho de que la persona que lleve al perro tiene la obligación de recoger sus excrementos y desecharlos en las papeleras especiales para los mismos o en otro contenedor cercano, pero, además, por salubridad y para evitar daños en el mobiliario urbano y molestias a negocios y ciudadanía en general, esa persona deberá ir provista de un recipiente con agua (preferentemente con vinagre) para diluir la orina que el animal haya depositado. Artículos como éste relativo a la tenencia de perros y a otros temas como el transporte de animales, la identificación de los mismos o la recogida de animales abandonados, errantes o muertos, también forman parte de esta ordenanza actualizada que se puede consultar y descargar en el tablón de anuncios de esta página web y en el BOPA del 23 de febrero. “Era necesario actualizar esta ordenanza, que estaba obsoleta, e introducir en ella algunos cambios, apostando por sensibilizar y promover el bienestar animal y también sancionando actos y comportamientos incívicos que atentan contra la convivencia”, señaló el concejal de Medio Ambiente.